martes, 23 de febrero de 2016

Indignación nacional por spot del día de la bandera

Un spot realizado por Televisa que nos recuerda a los mexicanos que el 24 de febrero es el día de la bandera ha generado reacciones negativas entre la población mexicana.

El promocional inicia con un sujeto en un semáforo con una trompeta (que debería ser una corneta, de hecho) dando inicio a los honores a la bandera (como en la primaria) y los conductores que hacían el alto se bajan de sus autos y saludan a la enseña nacional, todo bien, hasta aquí ¿no? 

Pues bien, la molestia es que esa famosa melodía que dice "es mi bandera, la enseña nacional" fue adaptada a una cumbia tropical.


Algunos insisten que se ha violado el artículo que denigra a los símbolos nacionales, sin embargo, no se trata del himno nacional y podemos decir que hasta cierto punto no se denigra la bandera, entonces ¿porqué tanto alboroto? Ah sí, otro excusa para criticar a la televisora de Emilio Azcárraga y les doy la razón al decir que fue de mal gusto

5 comentarios:

  1. Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional

    CAPITULO QUINTO
    De la Ejecución y Difusión del Himno Nacional

    ARTÍCULO 38.- El canto, ejecución, reproducción y circulación del Himno Nacional, se apegarán a la letra y música de la versión establecida en la presente Ley. La interpretación del Himno se hará siempre de manera respetuosa y en un ámbito que permita observar la debida solemnidad.

    ARTÍCULO 39.- Queda estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos. Asimismo, se prohíbe cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de publicidad comercial o de índole semejante. Se prohíbe cantar o ejercer los himnos de otras naciones, salvo autorización expresa del representante diplomático respectivo y de la Secretaría de Gobernación.

    ARTÍCULO 39 BIS.-Los pueblos y las comunidades indígenas podrán ejecutar el Himno Nacional, traducido a la lengua que en cada caso corresponda. Para tales efectos, se faculta al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas para realizar las traducciones correspondientes, las cuales deberán contar con la autorización de la Secretaría de Gobernación y de la Secretaría de Educación Pública.

    Los pueblos y comunidades indígenas podrán solicitar a las Secretarías de Gobernación y de Educación Pública la autorización de sus propias traducciones del Himno Nacional. La Secretaría de Gobernación llevará el registro de las traducciones autorizadas.
    Artículo adicionado DOF 07-12-2005

    ARTÍCULO 40.- Todas las ediciones o reproducciones del Himno Nacional requerirán autorización de las Secretarias de Gobernación y de Educación Pública. Los espectáculos de teatro, cine, radio y televisión, que versen sobre el Himno Nacional y sus autores, o que contengan motivos de aquél, necesitarán de la aprobación de las Secretarías de Gobernación y Educación Publica, según sus respectivas competencias. Las estaciones de radio y de televisión podrán transmitir el Himno Nacional

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  2. lo que se toca es el toque de bandera no el himno

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    1. es lo msimo amigo se presenta a los honores a la bandera por ende es respeto por algo lo compusieron a tal grado y simetria mexicana"mexicana",no colombiana(cumbia) ni hip hop(gringoa), es 100% mexicana y por ende no deveria tener ninguna partitura cambiada para presentar honores a nuestra bandera. Asi o mas claro.

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  3. esto es una falta de respeto se presenta a los honores a la bandera por ende es respeto por algo lo compusieron a tal grado y simetria mexicana"mexicana",no colombiana(cumbia) ni hip hop(gringoa), es 100% mexicana y por ende no deveria tener ninguna partitura cambiada para presentar honores a nuestra bandera. Asi o mas claro. chingue su madre televisa y sus directivos llenos de burla hacia mexico

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